Monotributistas: AFIP activa cambios para 3,5 millones de contribuyentes y plan de pagos para los excluidos

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que a partir de noviembre ofrecerá un plan de pagos permanente, de hasta 36 cuotas, al que podrán adherir aquellos monotributistas que acumulen deudas durante el proceso de exclusión de pleno derecho que realiza el organismo y deban afrontar las obligaciones del régimen general.

Así lo informó el titular de la AFIP, Alberto Abad, en el que también se anunció una prórroga hasta el 20 de diciembre para la adhesión al Domicilio Fiscal Obligatorio, y la eliminación de la obligación de contar con talonarios de respaldo para los monotributistas que no emitan comprobantes.

Las novedades alcanzan exclusivamente al segmento de monotributistas para los cuales está vigente un cronograma de recategorización obligatoria que alcanza a un total de 2.781.000 contribuyentes, de los cuales 1,7 millones ya hicieron ese trámite a través de las distintas ventanillas digitales del organismo.

En el caso del Plan de Pagos cuya resolución será publicada la semana próxima en el Boletín Oficial con entrada en vigencia a partir de noviembre, se explicó que las facilidades estarán dirigidas a facilitar el ingreso al régimen general de aquellos monotributistas excluídos de pleno derecho que hayan acumulado una deuda durante el proceso de exclusión.

La AFIP detalló que como parte del proceso de exclusión se genera un lapso de tiempo de entre 6 meses y un año entre que el organismo procede a la exclusión del monotributista y la efectivización final de la medida que determina su ingreso al régimen general durante el cual el contribuyente puede generar un deuda difícil de saldar en un sólo pago.

Abad, aseguró que este plan de pagos "ayuda a solucionar mucho de los problemas que hay cuando el monotributista queda excluido a veces por falta de información".

Los funcionarios del ente impositivo explicaron que esa exclusión ocurre "cuando se detecta que se perdieron las condiciones objetivas para que ese contribuyente sea considerado monotributista (puede ser por límites excedidos, por movimientos injustificados, por operaciones incompatibles) y precisaron que desde que se produce esa situación la AFIP lo publica en la web, y hay un plazo de 15 días para manifestar su disconformidad y presentar un recurso, y luego se publica en el Boletín Oficial".

El problema es que entre que se excluye al monotributista y se resuelve el recurso pasa entre 6 meses y un año en que ese contribuyente no está pagando lo que corresponde de impuestos al pasar al régimen general (IVA, Ganancias, Autónomos), por esa deuda acumulada es que se implementa este plan de pagos al que hay que adherirse a través de la web.

Según indicó, que este plan que fue pensado para regularizar su situación con el fisco por parte de quienes fueron excluidos de oficio por haber superado los parámetros de facturación o por inconsistencias con el cruce de gastos registrados en el sistema bancario y con uso de tarjetas de crédito y débito, contempla 2 cuotas por mes adeudado (si debe 10 meses tendrá 20 cuotas para pagar) con un límite de 36 cuotas y el mínimo por cuota es de $ 1.000, mientras que la tasa de financiación es la tasa nominal anual del Banco Nación para plazos fijos a 180 días más 2 puntos. Rufail estimó que eso da mensualmente alrededor de 1,65%.

Detalles del plan y pasos a seguir

  • Se pueden regularizar deudas originadas por exclusiones de oficio.
  • Se debe ingresar un pago a cuenta del 5% por IVA, Ganancias y aporte al régimen previsional como autónomo.
  • Se otorgarán 2 cuotas por mes adeudado, con un límite 36 cuotas .
  • Se permitirá el cómputo de lo pagado de más en Monotributo.
  • La cuota debe ser de $1.000 mínimo.
  • Las deudas surgen de las declaraciones juradas que deben presentarse.
  • Presentar las declaraciones juradas omitidas de IVA y Ganancias.
  • Reimputar el saldo del Monotributo a Autónomos.
  • Acceder a Mis Facilidades.

Adhesión al domicilio fiscal. Prórroga

En cuanto a la prórroga para adherir al Domicilio Fiscal Electrónico, cuyo plazo vencía el 30 de setiembre de este año, se extendió hasta el 20 de diciembre de 2017 y en la AFIP recordaron que se bloqueará la constancia de monotributo a quienes no adhieran.

En la AFIP destacaron la importancia de que cuando se adhiera al Domicilio Fiscal Electrónico, el monotributista ponga una dirección de correo electrónico y un teléfono celular para recibir las alertas de que tiene un mensaje con información sobre su situación fiscal.

Flexibilización en el tema de la facturación

Otra novedad es que los monotributistas que no facturen a Consumidores finales no tendrán la obligación de tener talonarios de respaldo ante la eventualidad de que no funcione el sistema de factura electrónica.

Esto tiene que ver con los monotributistas que se encuentran obligados a emitir facturas electrónicas. En general los responsables que deben emitir comprobantes electrónicos deben contar con facturas impresas como respaldo ante cualquier eventualidad que no les permita emitir la factura electrónica. Es decir si bien facturan vía internet también tiene que tener un talonario de resguardo por si condiciones técnicas o de otro tipo lo impiden. Pues bien, los monotributistas que hasta ahora debían cumplir con ese requisito, ya no necesitarán un talonario de respaldo. Cabe recordar que los monotributistas que revistan en la categoría F en adelante están obligados a emitir factura electrónica.



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Fuentes: IProfesional / Ieco Clarín / AFIP

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